¿CÓMO EVITAR UNA SOBRERREPRESENTACIÓN O SUBREPRESENTACIÓN ELECTORAL?

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Fernando Díaz Naranjo

En últimas fechas se ha registrado un importante debate sobre la determinación que hiciera en su oportunidad el Instituto Nacional Electoral (INE), y ratificada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), respecto a la asignación de diputaciones federales por la vía de representación proporcional en 2024.

Si, efectivamente, desde 2024 sin embargo, el debate ha adquirido nuevamente relevancia a raíz de que la presidenta Sheinbaum anunciara la conformación de una Comisión Presidencial para la conformación de una reforma electoral. Veamos la problemática.

El INE en agosto de 2024 a través de su Consejo General, su máximo órgano de dirección aprobó la asignación de diputaciones de representación proporcional para la Cámara de Diputadas y Diputados. Entre los principales argumentos de la mayoría de las y los consejeros electorales fue que dicha asignación aprobada correspondía a la aplicación de la fórmula contenida en la Constitución; algunos refirieron que la Constitución y la ley son claras y precisas.

Este acuerdo fue impugnado por diversos actores políticos ante el TEPJF, argumentando, entre otros aspectos, una excesiva sobrerrepresentación de un partido político: Morena, mismo que en ese mismo mes de agosto, dejó firme lo acordado por el INE.

El TEPJF, dejó firme lo acordó por el INE bajo diversos argumentos entre los que resalto los siguientes:

  1. Que la asignación realizada por el INE había sido conforme a Derecho ya que en dicho acuerdo se estableció que el límite de la sobrerrepresentación en la asignación de diputaciones federales se verificó por partido político, y no por coalición.
  2. De acuerdo con la normativa electoral, en particular lo mandatado por el artículo 54, fracción V de la Constitución, y por el artículo 15, fracción III, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los límites de sobrerrepresentación deben considerarse por partido político.
  3. Los precedentes jurídicos establecidos por el propio Tribunal Electoral desde 2009 han sido de manera reiterada e ininterrumpida en el mismo sentido.

Me parece que las autoridades electorales, tanto la administrativa como la jurisdiccional hicieron lo que la ley determina de acuerdo con la Constitución, la ley y los precedentes de otros asuntos impugnados y resueltos en el mismo sentido.

¿Es posible otra interpretación que permitiera corregir la sobrerrepresentación?  Al interior del INE se presentaron algunas propuestas que no lograron el consenso y en el TEPJF también algunas magistraturas propusieron una interpretación distinta a pesar de los precedentes establecidos.

El mayor debate se ha generado en la academia y en medios de comunicación; debates que en gran medida dejan claro un desconocimiento por la normativa en materia electoral y tienden más a un criterio político que por generar una dinámica propositiva, de análisis, reflexión y propuestas.

A estas alturas, me parece que para lograr una mejor proporcionalidad entre el voto y los escaños otorgados no corresponde a las autoridades electorales sino al Legislativo.

De hecho, para la Reforma Electoral me parecen muy interesantes dos propuestas publicas presentadas y que ojalá el Legislativo las haya analizado.  La primera tiene que ver con lo dicho por uno de los magistrados electorales de la Sala Superior, Felipe de la Mata Pizaña, quien propusiera en un artículo publicado en el Diario El Universal, entre otras consideraciones, modificar el límite de la sobrerrepresentación subrepresentación a un 2%, es decir reducir “la sobrerrepresentación máxima para que en lugar de un 8%, como actualmente lo prevé nuestra Constitución, sea de un 2%……”

El INE, por su parte, en su propuesta de “Mejora en Materia Electoral” presentada en enero de este año, considera en esta temática, entre otras propuestas, que “Si la crítica a los legisladores “plurinominales” es que las cúpulas partidistas (y no los electores) deciden las candidaturas ganadoras, se sugiere valorar una transición hacia un modelo de proporcionalidad pura. En el cual, cada partido recibe un porcentaje de escaños equivalente a su porcentaje de votos, a partir de listas de candidaturas abiertas.  Bajo este esquema, el partido integra la lista de candidaturas, pero la persona votante decide a quien le asigna su voto”.

Ojalá y la propuesta que finalmente llegue al Congreso de la Unión considere las voces expertas en la materia.

México necesita un sistema de representación más equilibrado, apegado a las condiciones actuales y está en manos del Legislativo la dirección de este importante tema.

De lo contrario, no nos espantemos si las autoridades electorales, tanto el INE como el TEPJF siguen aplicando los precedentes registrados hasta el momento.

Exijamos al Legislativo contribuir a un sistema más democrático y justo.