Mexicanos sin defensa frente a la 4T

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Claudia Anaya Mota

El juicio de amparo es una de las grandes aportaciones de México al constitucionalismo mundial. Concebido en el siglo XIX e incorporado a la Constitución de 1857 como un instrumento vanguardista de protección de las garantías individuales y los derechos humanos, se ha consolidado como un baluarte jurídico y una de las instituciones más relevantes del Estado mexicano.

Su propósito es claro: proteger a las personas frente a abusos de cualquier poder legal. Es, además, un mecanismo de control constitucional que asegura que las normas y actos del Estado respeten tanto la Constitución como los tratados internacionales.

Sin embargo, la nueva iniciativa presidencial para reformar la Ley de Amparo atenta contra estos principios, pues contiene disposiciones que limitan la posibilidad de que la ciudadanía cuente con recursos suficientes y eficaces para enfrentar los excesos del poder. La propuesta de la 4T es, sin duda, regresiva: en lugar de garantizar el pleno ejercicio de los derechos, fortalece a la autoridad.

Por ejemplo, la iniciativa dificulta aspectos fundamentales del juicio de amparo como la ampliación de la demanda, el interés legítimo y el funcionamiento de la suspensión. Introduce supuestos ambiguos y subjetivos —como el “orden social”— para negar suspensiones, y restringe sus efectos al plano individual. En consecuencia, los amparos ya no tendrán alcance general, lo que deja fuera de protección grupos sociales completos y a causas de interés colectivo.

Esto coloca en una posición de vulnerabilidad colectivos organizaciones de la sociedad civil que defienden derechos de grupos específicos o de la comunidad en general. En los hechos, significa un retroceso respecto a los avances logrados con la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos, supremacía constitucional y control de convencionalidad.

Conviene recordar que el amparo es una institución diseñada para proteger al ciudadano, no a los gobiernos. Gracias a él, pacientes con enfermedades graves han logrado acceder medicamentos tratamientos en contextos de negligencia desabasto. Debilitar esta herramienta equivale a dejar a millones sin defensa frente a los abusos del Estado. Limitar las suspensiones colectivas obliga a litigar caso por caso, lo que deja en la indefensión a quienes carecen de recursos económicos para enfrentar a la autoridad.

Otro punto preocupante es el excesivo endurecimiento de los requisitos para acreditar el interés legítimo. La iniciativa establece que quien considere lesionados sus derechos deberá demostrar una afectación jurídica real, actual y diferenciada respecto del resto de las personas. Se excluyen, además, lesiones hipotéticas o eventuales y se obliga al quejoso a acreditar un beneficio cierto y directo. Esto significa que, por ejemplo, un daño ambiental con consecuencias a mediano o largo plazo quedaría fuera del alcance del amparo, ya que no se podría acreditar un perjuicio inmediato.

Asimismo, la propuesta mantiene candados en materia de prisión preventiva oficiosa, figura que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado contraria a los tratados internacionales y que en México permanece en el artículo 19 constitucional. En estos casos, el amparo solo procedería respecto a la libertad, lo que perpetúa un esquema contrario a estándares internacionales.

Peor aún: la iniciativa facilita el incumplimiento de los amparos. Incluso si una sentencia favorece al ciudadano, la autoridad demandada podría alegar imposibilidad material o jurídica para acatarla. Y lo más grave: se eliminan las sanciones personales a los funcionarios responsables, trasladando las multas a las instituciones, lo que en la práctica significa que las pagarán los contribuyentes con recursos públicos.

En suma, la reforma impulsada desde la Presidencia representa un serio retroceso en la impartición de justicia. No solo debilita la defensa ciudadana frente a los abusos del poder, sino que concentra aún más la autoridad en detrimento de los derechos de las personas y de la sociedad en su conjunto.